¿QUÉ
BENEFICIOS TIENE VINCULAR A PERSONAS CON DISCAPACIDAD?
Contratar a personal con alguna limitación
física puede generar a las empresas unos buenos ahorros tributarios y grandes
ventajas competitivas.
El Estado en su deber de proteger a todos
sus habitantes, en especial a aquellos que por su condición física o mental
están en una debilidad manifiesta frente a los demás, ha generado una serie de
mecanismos para proteger a este sector de la población, desde el campo laboral,
educativo, recreativo, etc.
Las Empresas que contratan personas
con discapacidad ganan en:
§ Posicionamiento
frente a los diferentes grupos u organizaciones con los que se relacionan,
haciendo visible su Responsabilidad Social Empresarial.
§ Ambientes
laborales más productivos e inclusivos al ofrecer ejemplos de vida a los demás
trabajadores, que implican el reconocimiento del otro, respetando así la
diferencia y aprendiendo de ella.
§ Exenciones
tributarias y otros incentivos otorgados por la Ley Colombiana.
§ Si
adelantan sus procesos de inclusión laboral de personas con discapacidad a
través del Programa Pacto de Productividad, recibe adicionalmente asesoría,
acompañamiento y capacitación.
La Ley 361 de 1997 creó mecanismos para
integrar a las personas con alguna limitación, entre ellas una serie de
estímulos tributarios y ventajas competitivas para quien les vincule mediante
contrato de trabajo:
1.
Deducción en la Renta
El empleador que contrate Personal con
Limitación y que esté obligado a presentar de renta y complementarios, tiene
derecho a deducir de la renta el 200% del valor de los salarios y prestaciones
sociales pagados durante el año o período gravable a los trabajadores con
limitación, mientras esta vinculación laboral subsista;
2.
Menor Cuota de Aprendices
El empleador que esté obligado a cumplir
una Cuota de Aprendices, reducirá en un 50% la cantidad de aprendices que debe
vincular, si los contratados por él son personas con discapacidad comprobada no
inferior al 25%.
Por ejemplo, el empleador que debe
vincular 10 aprendices puede contratar sólo 5 y con eso cumplir la cuota de
aprendices.
- Ventajas para la empresa
en Licitaciones Públicas
La persona o empresa que contrate personal
con limitaciones será preferido en igualdad de condiciones en procesos de
contratación estatal por licitación pública, si la nómina cuenta con mínimo el
10 % de empleados con limitación;
- Créditos con entidades
estatales
Prelación en el otorgamiento de créditos
subvenciones de organismos estatales, siempre y cuando estos se orienten al
desarrollo de planes y programas que impliquen la participación activa y
permanente de personas con limitación;
- Preferencia de sus
productos adquiridos por el Estado
Las entidades estatales de todo orden,
preferirán en igualdad de condiciones, los productos, bienes y servicios que
les sean ofrecidos por entidades sin ánimo de lucro constituidas por las
personas con limitación.
Ojo: la limitación debe
ser mayor al 25%
Pero no es cualquier limitación por parte
del nuevo empleado permite acceder a estos beneficios.
La Ley 361 de 1997 establece que la Persona
con Limitación que se contrata debe tener mínimo una limitación no inferior al
25%, lo cual lo puede calificar la EPS o la ARS del Sistema de Seguridad Social
en Salud al que se encuentre afiliado la persona que se contrata
Tomado de la página de Consultorio Jurídico
Virtual en discapacidad.