¿QUÉ
BENEFICIOS TIENE VINCULAR A PERSONAS CON DISCAPACIDAD?
Contratar a personal con alguna limitación
física puede generar a las empresas unos buenos ahorros tributarios y grandes
ventajas competitivas.
El Estado en su deber de proteger a todos
sus habitantes, en especial a aquellos que por su condición física o mental
están en una debilidad manifiesta frente a los demás, ha generado una serie de
mecanismos para proteger a este sector de la población, desde el campo laboral,
educativo, recreativo, etc.
Las Empresas que contratan personas
con discapacidad ganan en:
§ Posicionamiento
frente a los diferentes grupos u organizaciones con los que se relacionan,
haciendo visible su Responsabilidad Social Empresarial.
§ Ambientes
laborales más productivos e inclusivos al ofrecer ejemplos de vida a los demás
trabajadores, que implican el reconocimiento del otro, respetando así la
diferencia y aprendiendo de ella.
§ Exenciones
tributarias y otros incentivos otorgados por la Ley Colombiana.
§ Si
adelantan sus procesos de inclusión laboral de personas con discapacidad a
través del Programa Pacto de Productividad, recibe adicionalmente asesoría,
acompañamiento y capacitación.
La Ley 361 de 1997 creó mecanismos para
integrar a las personas con alguna limitación, entre ellas una serie de
estímulos tributarios y ventajas competitivas para quien les vincule mediante
contrato de trabajo:
1.
Deducción en la Renta
El empleador que contrate Personal con
Limitación y que esté obligado a presentar de renta y complementarios, tiene
derecho a deducir de la renta el 200% del valor de los salarios y prestaciones
sociales pagados durante el año o período gravable a los trabajadores con
limitación, mientras esta vinculación laboral subsista;
2.
Menor Cuota de Aprendices
El empleador que esté obligado a cumplir
una Cuota de Aprendices, reducirá en un 50% la cantidad de aprendices que debe
vincular, si los contratados por él son personas con discapacidad comprobada no
inferior al 25%.
Por ejemplo, el empleador que debe
vincular 10 aprendices puede contratar sólo 5 y con eso cumplir la cuota de
aprendices.
- Ventajas para la empresa
en Licitaciones Públicas
La persona o empresa que contrate personal
con limitaciones será preferido en igualdad de condiciones en procesos de
contratación estatal por licitación pública, si la nómina cuenta con mínimo el
10 % de empleados con limitación;
- Créditos con entidades
estatales
Prelación en el otorgamiento de créditos
subvenciones de organismos estatales, siempre y cuando estos se orienten al
desarrollo de planes y programas que impliquen la participación activa y
permanente de personas con limitación;
- Preferencia de sus
productos adquiridos por el Estado
Las entidades estatales de todo orden,
preferirán en igualdad de condiciones, los productos, bienes y servicios que
les sean ofrecidos por entidades sin ánimo de lucro constituidas por las
personas con limitación.
Ojo: la limitación debe
ser mayor al 25%
Pero no es cualquier limitación por parte
del nuevo empleado permite acceder a estos beneficios.
La Ley 361 de 1997 establece que la Persona
con Limitación que se contrata debe tener mínimo una limitación no inferior al
25%, lo cual lo puede calificar la EPS o la ARS del Sistema de Seguridad Social
en Salud al que se encuentre afiliado la persona que se contrata
Tomado de la página de Consultorio Jurídico
Virtual en discapacidad.
Esta información es muy importante para todos los Empresarios de Colombia
ResponderBorrarY del mundo...!!!
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